Todas las personas integrantes de la FUNDACIÓN ATHLETIC CLUB FUNDAZIOA colaboran y ayudan en la aplicación del Programa de Protección a la Infancia y velan por el cumplimiento de todas las normas establecidas al efecto, siendo un objetivo prioritario en su actuación.



10. Lenguas oficiales. Normalización del Euskera.

Las lenguas oficiales de la FUNDACIÓN ATHLETIC CLUB FUNDAZIOA son el euskera y el castellano y, como tales, ambas serán de utilización normal en todas las actividades de la Fundación. Asimismo, la Fundación impulsará el fomento y desarrollo del uso del euskera entre su personal y en relación con las personas asociadas, empresas e instituciones, garantizando el bilingüismo y promoviendo la normalización lingüística en el seno de la Fundación.



11. Transparencia y rendición de cuentas.

La FUNDACIÓN ATHLETIC CLUB FUNDAZIOA ofrecerá regularmente información que considere de ineterés y relevante. La Fundación mantendrá debidamente actualizado un apartado específico de transparencia en su web.



12. Fomento de la participación.

La FUNDACIÓN colaborará con el Athletic Club en los procesos participativos que este desarrolle como instrumentos complementarios de la participación representativa y como una herramienta de buena gobernanza en los términos establecidos en sus Estatutos y Reglamentos aprobados al efecto.



13. Excelencia en las relaciones laborales.

a) Respeto e igualdad de trato. La FUNDACIÓN ATHLETIC CLUB FUNDAZIOA se compromete a facilitar a todo su personal unas condiciones laborales dignas y justas. Del mismo modo, no se tolerará ningún tipo de conducta abusiva, hostil u ofensiva, ni discriminatoria, procurándose llevar a cabo políticas inclusivas hacia todo el personal independientemente del rango o cualificación que se posea. La Fundación rechaza igualmente cualquier tipo de acoso en el trabajo, ya sea de carácter sexual o no, debiendo velar todos sus integrantes por prevenir y corregir dichas conductas.

b) Igualdad de oportunidades. Todos los trabajadores y trabajadoras disfrutarán de las mismas oportunidades para el desarrollo profesional de forma que las decisiones de promoción sólo podrán estar basadas en la formación, el mérito, el esfuerzo y, de ser necesario, en las cualidades y dotes de liderazgo, valorados siempre de forma objetiva.

c) Fomento del equilibrio personal y profesional. La Fundación es consciente de la importancia que tiene en el desempeño correcto de las funciones de su personal, contar con una vida personal plena. Igualmente, la Fundación conoce las dificultades de compaginar de forma satisfactoria el trabajo con la familia. Por ello, entre sus objetivos se encuentra el fomentar la conciliación y el equilibrio entre la vida personal y profesional, conciliando en la medida de lo posible las situaciones y circunstancias personales y familiares de su personal.

d) Seguridad y salud en el trabajo. La Fundación se obliga a cumplir rigurosamente las normas sobre Salud e Higiene en el trabajo, incluyendo los riesgos psicosociales, así como la de Prevención de Riesgos Laborales, a proveer al personal de los equipos técnicos necesarios para el desempeño de sus funciones y a impartir cuantos cursos de formación sean necesarios para la protección de los trabajadores y trabajadoras.



14. Datos de carácter personal.

La Fundación y todas las personas que, por razón de su cargo, manejarán datos de carácter personal sólo podrán hacer uso de tales datos de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y normativa que la desarrolla y atendiendo en todo momento a los procedimientos internos implantados en el seno de la Fundación. Igualmente, el tratamiento de los datos de carácter personal deberá ajustarse al fin para el que fueron recabados.